¿Qué significa la inconstitucionalidad de la penalización del aborto? Te explicamos 💚 ✨

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Las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declararon la inconstitucionalidad de la penalización del aborto en Coahuila, un precedente histórico que impacta a todo el país.

Después de una discusión de dos días, la mayoría de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votaron a favor de declarar la inconstitucionalidad de la penalización del aborto al discutir el Código Penal de Coahuila, el cual contemplaba hasta tres años de prisión a las personas que abortaran voluntariamente.

En su argumentación, los ministros calificaron las normas antiaborto como discriminatorias, que atentan contra la libertad y dignidad de las mujeres y las personas con capacidad de gestar (¡sí, escuchamos estas palabras en la Suprema Corte! 😍).

La discusión estuvo emocionante porque en el día uno escuchamos a la mayoría de ministros (ocho) pronunciarse en contra de las normas que penalizan a las personas que decidan abortar. Los tres restantes se pronunciaron este martes 7 de septiembre y posteriormente votaron (10 a favor de la inconstitucionalidad).

*Saca el pañuelito verde* 💚

«Nunca más una mujer, ni una persona con capacidad de gestar debe ser juzgada penalmente. Hoy se destierra la amenaza de prisión y el estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo», dijo el ministro Luis María Aguilar Morales al festejar el fallo.

¿Qué implica esta decisión?

Esta decisión es relevante no solo porque los ministros reconocieron los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar y la libertad para decidir sobre sus propios cuerpos, sino porque implica que ninguna persona en México podrá ser juzgada o encarcelada por abortar voluntariamente antes de las 12 semanas de gestación.

Además, «las mujeres (o personas con capacidad de gestar) que estén ahorita presas o siendo procesadas en algún estado por el delito de aborto pueden solicitar al juez de su causa que, con base en este resolución de la Corte, sean liberadas, que su proceso sea suspendido (sobreseido) o que concluya sin que se les juzgue.

«Es un beneficio para todas las mujeres, no solo de Coahuila, sino del país. Y la resolución tiene efectos retroactivos hasta el 26 de noviembre de 2017», dijo la abogada Surya Palacios.

Melissa Ayala, coordinadora de litigio de GIRE y abogada feminista, aclaró que «cuando se quiera juzgar a una persona penalmente (por abortar en el país), el juez o jueza de control estaría obligada a aplicar los razonamientos de la Corte (…) donde se dijo de manera muy específica que prohibir de manera total el aborto es inconstitucional»

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¿Legalización del aborto?

La despenalización del aborto NO significa que la interrupción legal del embarazo esté legalizada en Coahuila o en todo el país. Eso sí, es un GRAN paso para lograrlo.

Ahora, esta decisión facilita el acceso de todas las mujeres y personas con capacidad de gestar a un aborto antes de las 12 semanas de gestación. ¿Qué tienen que hacer? Promover un amparo ante un juez, el cual obligará a las autoridades de salud a realizar la interrupción del embarazo, explica Surya Palacios.

Importante: si alguna persona necesita asesoría para promover un amparo que le proteja para abortar en el país, pueden consultar con GIRE, al correo [email protected].

Pues la mayoría de códigos penales estatales continúan considerando al aborto como un delito. La interrupción legal del embarazo sobre está aprobada en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

La inconstitucionalidad de la penalización del aborto obligaría a los Congresos locales a adaptar «sus normas a fin de que no haya una contradicción entre los códigos penales y lo que al final de cuentas terminará sucediendo en la realidad», detalló Palacios.

Peeeeeero tampoco es que los Congresos estén obligados a hacerlo. Aunque, en teoría, si realmente velan por la protección de los derechos, tendrían que hacerlo.

«La SCJN ha dado un paso fundamental en el reconocimiento de los derechos humanos»

En cuanto se dieron a conocer los argumentos de los ministros (que más abajo les detallaremos), diversas organizaciones defensoras de derechos de las mujeres se pronunciaron. 

“El día de hoy, la SCJN ha dado un paso fundamental en el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar al iniciar a discusión de la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017 sobre el aborto en el Código Penal de Coahuila. 

“El proyecto del ministrio Luis María Aguilar Morales es la continuación de 20 años de resoluciones que abordan el aborto en México y la primera discusión en torno al uso del derecho penal para sancionar la interrupción del embarazo”, indicó en un comunicado Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).

¿Qué es la acción de inconstitucionalidad? Es un juicio que solo puede resolver la Suprema Corte, el máximo representante del poder judicial del país.

Los ministros discuten los casos presentados, ya sea por los legisladores locales, federales, el fiscal general o la ombudsperson, acerca de leyes que vayan en contra con la Constitución.

Argumentos para la inconstitucionalidad de las leyes antiaborto

La ministra Norma Lucía Piña Hernández se ganó nuestro <3 con este argumento:

«Este tipo de normas (antiaborto) lo que castiga es la conducta sexual de la mujer. En violación, aun sea embrión o feto no se limita porque la mujer tiene carácter de víctima, pero cuando otorga consentimiento no le permite abortar en ningún tiempo. Ahí está referida a la conducta sexual de la mujer».

En su intervención, la ministra Ana María Ríos Farjat dijo que «nadie se embaraza, en ejercicio de su autonomía, para después abortar. Una decisión que ya de por sí es difícil y dura por la carga moral y social pero profundamente individual y espiritual no debería serlo más por la fuerza del Derecho».

“No se trata de un derecho al aborto, sino del derecho a decidir de las personas con capacidad de gestar de decidir sobre su cuerpo y su vida a ser o no ser madre sin penalizarla”, dijo en su momento el ministro Luis María Aguilar, quien elaboró el proyecto que se discutió.

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«Condenar a las mujeres a la cárcel, a la clandestinidad, a poner en riesgo su salud y su vida, no solo es profundamente injusto sino abiertamente inconstitucional», dijo el ministro Arturo Zaldívar.

«La penalización de la interrupción del embarazo es también una discriminación, basada en prácticas y costumbre ancladas en concepciones que asignan a un rol social a la mujer», agregó el ministro Javier Laynez Potisek.

Amigues, ¡que la marea verde llegue pronto a todo el país y el mundo! 💚 🔥

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